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Las asambleas de representantes de los sindicatos UGT y CC.OO. de Baleares han ratificado hoy el principio de acuerdo sobre el Convenio Colectivo de Hostelería alcanzado ayer con las patronales de las empresas turísticas, que prevé un incremento salarial de en torno al 5% para el primer ejercicio y que tendrá una vigencia de tres años.
Concretamente, el documento consensuado ayer con la patronal y ratificado hoy por las asambleas de representantes de ambas centrales sindicales, contempla un cómputo anual de la jornada laboral de 1.776 horas, una subida salarial del 4% cotizable más un incremento de diez euros en el plus de desplazamiento, que alcanza los 58 euros mensuales. Lo que en la práctica supone casi un punto más.
En el segundo año el nuevo convenio prevé una subida salarial del 2,8%, en la cotización, y una subida del complemento de desplazamientos que lo situará en los 60 euros, para alcanzar los 62 euros en el último año de vigencia. El acuerdo expirará el 31 de marzo de 2008.
El convenio incluye también una cláusula que indica que se deben equilibrar las “desviaciones” del IPC cuando éste supere el dos por ciento anual, según recordó el secretario de la Federación de Hostelería de UGT, Antonio Copete, quien se mostró satisfecho con el resultado de las negociaciones de ayer, ya que considera que “se acerca mucho” a los objetivos que se habían marcado los sindicatos.
Por su parte, su homónimo de CC.OO., Ginés Díaz, declaró a Europa Press que considera un “hito histórico” el hecho de haber alcanzado un convenio sobre el Convenio de Hostelería sin recurrir a las movilizaciones, lo que no ha ocurrido en los últimos 30 años, según dijo. A este respecto, Copete criticó los métodos empresariales, y aseguró que sus representantes “no quieren tener interlocución” con los representantes de los trabajadores, salvo en los casos en que se convoca huelga.
Algunas novedades que señala el nuevo Convenio Colectivo de Hostelería hacen referencia a las condiciones laborales, como en el caso de los empleados aportados por empresas de trabajo temporal (ETT), que gozarán a partir de ahora de los mismos derechos que los trabajadores fijos de la empresa hostelera en lo que se refiere a retribución, uso de instalaciones colectivas y manutención.
Los porcentajes de contratos indefinidos se incrementarán en el último año de vigencia del Convenio en un 72 por ciento y un 62 por ciento, respectivamente, y los del empleo temporal se antendrán en un 28 por ciento y un 38 por ciento, respectivamente. Además, se incrementarán las indemnizaciones por despido a los contratados eventuales hasta alcanzar los doce días por año trabajado, frente a los ocho días por año contemplados hasta ahora.
En el apartado de descanso semanal, el convenio modifica un punto relativo a los trabajadores que tengan a su cuidado hijos menores de seis años o minusválidos, y establece que tendrán preferencia en disfrutar del descanso de fin de semana completo.
El Convenio establece también que si en la fecha prevista para el inicio de las vacaciones el trabajador se encuentra de baja por causa derivada de accidente o enfermedad que le imposibilite disfrutarlas, se pospondrá el período vacional hasta obtener el alta.
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