Noticias de turismo en España

La Junta de Andalucía da luz verde a la modificación legal que le permitirá asumir competencias municipales en urbanismo

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía dio hoy luz verde al proyecto de Ley de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, que incorpora la posibilidad de atribuir a la administración autonómica el ejercicio de las competencias de planeamiento urbanístico en el caso de que los ayuntamientos incurran “en incumplimientos graves que impliquen una manifiesta afectación a la ordenación del territorio y urbanismo”.

La titular de Obras Públicas y Transportes, Concepción Gutiérrez, explicó en rueda de prensa que la Junta ha solicitado al Parlamento la tramitación por vía de urgencia del proyecto de Ley, pero no quiso aventurar una fecha para la entrada en vigor de la nueva norma y su eventual aplicación, en el apartado relativo a la retirada excepcional de competencias, al Ayuntamiento de Marbella (Málaga), ya que dejó claro que se trata de una “ley general y no para un municipio concreto”.

De acuerdo con la reforma legal propuesta por la Junta, que cuenta con el informe favorable del Consejo Consultivo, el Consejo de Gobierno podrá retirar las competencias en planeamiento urbanístico “previa audiencia al municipio afectado y con el respaldo preceptivo del Consejo Consultivo y del Parlamento andaluz”, mientras que la atribución de dichas competencias se limitará a “restablecer y garantizar la legalidad afectada” y nunca podrá ser superior a un plazo de cinco años, amplitud que fue justificada por Gutiérrez por la necesidad de “contar con tiempo suficiente para solucionar el problema creado”.

Según detalló la consejera, la asunción de competencias municipales en caso de incumplimiento grave por parte de la Junta afectará directamente a la potestad de planeamiento urbanístico –planes generales de ordenación urbana y planes de desarrollo–, pero no así a la concesión de licencias, reservada a los ayuntamientos por la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, y a la disciplina urbanística, que sólo podrá ser “subrogada” en caso de que exista una “manifiesta afectación a la ordenación del territorio y urbanismo de la comunidad autónoma”.

Junto a ello, la nueva norma incluye una disposición adicional relativa a la creación del Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, cuyos miembros tendrán la consideración de agentes de la autoridad y podrán recabar el auxilio de otras administraciones públicas, y que tendrá como objetivo reforzar la legalidad urbanística y luchar contra el fraude y la especulación.

Con carácter general, el proyecto de Ley establece un nuevo régimen disciplinario cuyas sanciones económicas oscilarán entre los 600-2.999 euros para las infracciones leves, 3.000-5.999 euros para las graves y 6.000-120.000 euros para las muy graves para luchar contra la especulación. Otras novedades en el ámbito sancionador se refieren al recurso a la expropiación forzosa de la vivienda cuando se destine a usos no autorizados, cuando no se dedique a domicilio habitual y cuando un mismo propietario utilice más de una vivienda protegida, así como por falsedad en la documentación aportada en el proceso de adjudicación o por incumplimiento de las obligaciones para la enajenación. Ahora estas infracciones sólo son castigadas con sanciones económicas y administrativas.

RESERVA DE SUELOS

La expropiación también podrá ser aplicada en los casos en que los municipios incumplan la exigencia de reservar al menos un 30 por ciento de los nuevos suelos residenciales para destinarlos a vivienda protegida, así como de identificar la localización de estos terrenos y concretar, dentro de los planes urbanísticos, los plazos de inicio y terminación de obras. Gutiérrez garantizó que la Junta “no va a aprobar ningún plan general” que no se ajuste a estos principios, que a partir de ahora deberán cumplir los municipios “por imperativo legal”.

En la misma línea de garantizar una oferta de suelo suficiente, el proyecto de ley recoge la figura de los Patrimonios Públicos de Suelo, que podrán tener carácter autonómico y municipal. Con este fin se habilitarán reservas de terrenos para proyectos públicos tanto en vivienda protegida como en dotación de equipamientos. La consejera señaló que el objetivo de la Junta es lograr reserva de suelo público para vivienda protegida en todas las áreas metropolitanas, donde existen “mayores problemas” que en municipios pequeños y medios.

Otra novedad destacada en materia de suelo es la obligatoriedad de reservar para construcción de viviendas protegidas la totalidad de los terrenos residenciales que resulten de procesos de desafectación, como los anteriormente ocupados por infraestructuras ferroviarias, antiguos cuarteles u otros edificios públicos. Finalmente, y con el mismo objetivo de garantizar la generación de patrimonios municipales de suelo para vivienda protegida, se limitará a un tercio la sustitución en metálico de la cesión del diez por ciento del terreno de cada aprovechamiento urbanístico que los promotores deben hacer obligatoriamente a los municipios.

En materia de vivienda protegida, el proyecto de ley parte de la necesidad de facilitar el acceso de los ciudadanos con recursos limitados, con especial atención a jóvenes, familias numerosas y monoparentales, víctimas de la violencia doméstica, emigrantes retornados y personas en riesgo de exclusión social.

No obstante, también se recogen las medidas del IV Plan de Vivienda y Suelo para atender a una gran cantidad familias de recursos medios que quedaban fuera del mercado libre debido a la subida de los precios y que tampoco cumplían los requisitos de renta para el acceso a la vivienda protegida. En esta línea, la última revisión del Plan aprobada en 2004 aumentó el umbral de ingresos familiares hasta los 35.458 euros anuales, frente al anterior tope de 25.788.

CAMBIO DE VIVIENDA PROTEGIDA A LIBRE

Respecto al acceso a la nueva vivienda, el texto mantiene los principios de igualdad, publicidad y concurrencia en la adjudicación, pero elimina la posibilidad de que el propietario pueda cambiar su calificación de protegida a libre antes del plazo legal. Esta descalificación está permitida actualmente con la devolución de las ayudas y el pago de una parte de las plusvalías.

Por último, se refuerza el derecho de las administraciones autonómica y local a adquirir de forma preferente, mediante el derecho de tanteo y retracto, las viviendas protegidas de promoción privada que queden vacantes o estén sujetas a segundas y posteriores ventas.

Sector público |



Publique su comentario

Usted debe de registrarse para escribir un comentario.

Páginas

Links