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La Comunidad de Madrid recibe en julio el triple de quejas por agencias de viajes y el doble por alojamientos turísticos

El Teléfono del Consumidor de la Consejería de Sanidad y Consumo (900-77-57-57) recibió el pasado julio el triple de llamadas con quejas relativas a servicios prestados por agencias de viajes que el mes anterior, informó hoy la Comunidad de Madrid.

De hecho, esos establecimientos coparon el 6,24 por ciento de las 3.801 llamadas que dicho servicio telefónico atendió en julio. Otro 29 por ciento correspondió a servicios de telefonía e Internet, mientras que la compra de vivienda fue el tercer sector que más problemas dio, al concentrar un 4,6 por ciento de las reclamaciones.

Los alojamientos turísticos, por su parte, fueron objeto del 1,12 por ciento del total de llamadas atendidas, lo que supone el doble que en junio. En este caso, el usuario se mostró disconforme fundamentalmente con los servicios de comedor, limpieza y seguridad.

Desde el Gobierno regional se precisó que, en el caso de las agencias de viaje, las principales demandas de información están relacionadas con incumplimientos contractuales por parte de la agencia y, en particular, por no corresponder los hoteles con las categorías ofertadas y contratadas, y por el aumento de los precios.

Así, en bastantes casos los consumidores se quejan de que les hanaumentado los precios de los vuelos debido a la subida del precio delcombustible. En este punto, la Comunidad de Madrid insiste en que las agencias deben informar previa y detalladamente del coste de losservicios, así como de los recargos de gestión y gastos de anulación, si los hubiere.

También están obligadas a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados con las condiciones y características estipuladas, salvo casos de fuerza mayor o causa suficiente. Es decir, cuando las agencias, a pesar de actuar con la previsión y diligencia debidas, no puedan facilitar los servicios contratados por razones que no les sean imputables, el cliente tiene derecho al reembolso del total de lo abonado, las cantidades que proporcionalmente corresponda, o la diferencia si el servicio prestado es de categoría inferior a la contratada.

AUMENTO DE PRECIO POR COMBUSTIBLE

Respecto del aumento de los precios, la normativa turística regional contempla como infracción grave la percepción deprecios superiores a los notificados, publicitados o contratados, de forma que los aumentos de los precios, por ejemplo, por subida de loscarburantes, deben estar reflejados en el contrato. En este últimosupuesto, además, será nula la revisión de precios al alza efectuada en los 20 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida del viaje.

Ante el aumento de las quejas relacionadas con los servicios típicos de las vacaciones y previendo que muchas personas no formalizarán su reclamación hasta que regresen a su lugar de residencia, la Dirección General de Consumo aconseja informarse de las condiciones del viaje antes de contrata el servicio, exigir constancia documental de lo que se oferta, así como la factura o resguardo del pago que se realice. Además, advierte de que si el servicio no se ajusta a lo contratado, se deben solicitar las Hojas de Reclamaciones, o dejar, en todo caso, constancia documental de la queja.

La demanda de información al Teléfono del Consumidor ha aumentado desde que se puso en funcionamiento en 2002. De hecho, el número dellamadas prácticamente se ha doblado entre julio de 2004 y julio de este año (3.801 frente a 2.031). Para garantizar la atención al ciudadano, la Comunidad ha duplicado este mes de agosto el servicio telefónico.

Madrid |



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