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La Comisión Europea confía en que la Eurocámara apruebe en septiembre u octubre el reglamento que permitirá la elaboración de una ‘lista negra’ de compañías aéreas que no cumplen con los estándares preceptivos de seguridad, de forma que el listado podría estar concretado “a finales de 2005 o principios de 2006″, según la estimación del comisario de Transportes, Jacques Barrot.
El Ejecutivo comunitario pretende unificar la información producida por los Veinticinco en materia de seguridad aérea para la elaboración de una única lista de aerolíneas no seguras. La Agencia Europea de Seguridad Aérea actualizará diariamente la ‘lista negra’, que podrá ser consultado por los usuarios en tiempo real a través de Internet, indicó el comisario Barrot en declaraciones al diario ‘Le Parisien’ recogidas por Europa Press.
Asimismo, Barrot subrayó que la nueva directiva comunitaria sobre seguridad aérea, ya en proceso de transposición en los países de la Unión, servirá para completar el “avance tan importante” que representará la ‘lista negra’. “La nueva directiva obligará a los Veinticinco a controlar a las aerolíneas de terceros países, y en particular a las compañías charter y de bajo coste que puedan generar algún problema”, apuntó el comisario.
La nueva legislación comunitaria de seguridad aérea cede a la Comisión Europea la potestad de poder sancionar a los países de la Unión que no realicen inspecciones y controles efectivos de seguridad a los aviones de todas las compañías aéreas –europeas o extracomunitarias– que operen en sus aeropuertos.
Los ministros de Transportes de los Veinticinco acordaron el pasado mes de abril por unanimidad crear una ‘lista negra’ de compañías aéreas poco seguras y reforzar los derechos de los pasajeros a ser informados de la aerolínea que opera su vuelo. Los Veinticinco deberán informar a la Comisión de las compañías aéreas a las que hayan prohibido el uso de su espacio aéreo o sometido a restricciones de tráfico por motivos de seguridad. El Ejecutivo comunitario se limitará entonces a publicar la lista consolidada de estas aerolíneas.
El reglamento obliga además a informar a los pasajeros, en el momento en el que realicen su reserva, sobre la compañía que operará de hecho el vuelo que han contratado, incluso cuando se trate de código compartido, arrendamiento con tripulación, vuelos chárter o viajes combinados. La compañía aérea contratante tendrá flexibilidad para cambiar de aerolínea operadora a condición de informar al pasajero de inmediato.
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