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España, Reino Unido y Gibraltar fijan su atención en el aeropuerto de Ginebra como ejemplo de uso conjunto

España, Reino Unido y Gibraltar han fijado su atención en el funcionamiento del aeropuerto suizo de Ginebra, para conocer si alguno de los procedimientos que permiten su uso conjunto entre Suiza y Francia sería aplicable al caso del aeropuerto del Peñón, según explicó el Gobierno en una respuesta parlamentaria a la que ha tenido acceso Europa Press.

El Foro de Diálogo a tres bandas sobre Gibraltar comenzó a explorar durante su primera reunión de febrero en Málaga, las diferentes fórmulas para que el uso del aeropuerto de Gibraltar resulte beneficioso tanto para la colonia británica como para la zona española del Campo de Gibraltar.

En este sentido, las tres partes acordaron una visita de técnicos al aeropuerto de Ginebra el pasado 10 de marzo y desde entonces se han intercambiado documentos de base para establecer “el marco formal del futuro acuerdo”.

El Ejecutivo señaló que las conversaciones tripartitas prosiguen “con normalidad” y anunció que “en breve” se constituirá un grupo técnico para “desbrozar todos los aspectos técnicos del futuro acuerdo”.

Pese a los avances, subrayó que, “sin duda”, dada la complejidad de la cuestión y la sensibilidad del territorio en el que se encuentra el aeropuerto –el istmo nunca cedido por España–, el proceso “requerirá tiempo para llegar a su conclusión definitiva”.

El aeropuerto de Ginebra está situado a pocos kilómetros de la frontera con Francia. El acuerdo entre las autoridades suizas y franceses permitió la creación de un ’sector francés’ en el propio aeropuerto, que permite no pasar por Suiza y evitar los requisitos de identificación con pasaportes a aquellos ciudadanos que vayan a territorio galo.

Asimismo, la facturación de equipaje se puede hacer en el ’sector francés’ y luego acceder a la terminal internacional a través de una sección especial de tránsito.

En 1987, para hacer posible la liberalización de los vuelos intracomunitarios, España y Reino Unido llegaron a un acuerdo para el reparto del control de los pasajeros entre una terminal española y otra británica, estableciéndose un mecanismo de consultas bilaterales para la concesión de derechos de tráfico a terceros.

Los gibraltareños, que participaron en la negociación del acuerdo, se opusieron posteriormente a la aplicación del mismo. Para solventar una situación que se estimaba sería transitoria, España y Reino Unido acordaron la incorporación de dos cláusulas en determinadas normas comunitarias sobre transporte aéreo.

Esas cláusulas salvaguardan las respectivas posiciones jurídicas de las dos Partes acerca de la disputa sobre el istmo y suspenden la aplicación de las normas en cuestión a Gibraltar hasta que no se ponga en aplicación el acuerdo sobre el aeropuerto.

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