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El Juzgado de lo Mercantil rechaza el expediente de extinción de plantilla del Hotel Don Miguel de Marbella

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, previo informe de los representantes de los trabajadores y de la Inspección de Trabajo, ha rechazado el expediente de extinción de empleo presentado por la entidad mercantil Rowasblu, explotadora del hotel Don Miguel de Marbella, y que afectaba a 72 trabajadores fijos y 23 fijos-discontinuos, según informó hoy el sindicato CC.OO. en un comunicado.

A su vez, el Juzgado aprueba un expediente de suspensión de relaciones laborales por un periodo de seis meses, contando a partir de la fecha de ayer, día 29 de marzo.

En el auto, se refleja que “la entidad concursada manifestó su voluntad de continuar con la explotación; que existe un expediente de regulación de empleo (ERE) previo y que debe ser cumplido; y que en la actualidad no se está produciendo una explotación efectiva de la empresa”.

Además, se contempla que “la viabilidad futura de la empresa pasa por la modificación de las condiciones colectivas de trabajo y que una posterior reapertura de la actividad requerirá al menos todos los trabajadores que ya se pactaron en el expediente de regulación de empleo”.

Por estos motivos, el Juzgado de lo Mercantil considera que “es necesario adecuar la situación actual a la legalidad en protección de los trabajadores”, por lo que “procede la suspensión temporal colectiva de las relaciones laborales”.

De igual manera, el auto apunta que “optar por la extinción supondría que lo único que se hace respecto a la empresa es vulnerar los derechos adquiridos de los trabajadores, pasando por convertir el ERE en un método fácil de extinción y barato de los puestos de trabajo”.

Sobre el periodo de seis meses por el que se ha optado, apunta que “no es más que la reproducción del que ha solicitado la concursada, pero afectado a todos los trabajadores, pues se parte de que la misma deudora reconoce que es el periodo mínimo para superar la situación y que también es admitido por los representantes de los trabajadores”.

Por todo ello, el Juzgado acuerda la suspensión colectiva concursal de todos y cada uno de los contratos de trabajo de la entidad concursada, por un periodo de seis meses”, y en consecuencia decide “proceder a la suspensión sin que la interposición del recurso de suplicación tenga efectos suspensivos sobre la tramitación del concurso”

Además, contempla que en este periodo “los representantes de los trabajadores pueden permanecer en el lugar de trabajo para realizar las actividades derivadas de su representación” y que el auto “producirá las mismas consecuencias que la resolución administrativa de la Autoridad Laboral recaída en un expediente de regulación”.

“DOS POSIBLES ESCENARIOS”

Desde el sindicato provincial de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO. de Málaga, apuntaron que tras esta resolución “nos encontramos ante dos posibles escenarios”, el primero de ellos es que las empresas del hotel “retomen el plan de viabilidad que en su día firmamos y un plan de inversiones con el que las empresas deberían comprometerse para acometer las reformas necesarias mientras los trabajadores estarían en el desempleo durante estos seis meses, junto con el pago de los siete meses de salarios que se les adeuda”. Esta solución es por la que apuestan el comité de empresa y los sindicatos.

La otra posibilidad es que, “si las empresas que operan en el hotel Don Miguel mantuvieran la actitud de mala fe que han demostrado en estos siete meses y no se sienten a negociar, serán los Juzgados de lo Social de Málaga los que determinen el futuro de las relaciones laborales”, debido a que los trabajadores tienen planteadas demandas por “despido tácito” contra Rowasblu, Sipsa, Hoteles Europeos y Atalaya Country Club, empresas todas ellas “implicadas en el complejo hotelero y en el cierre ilegal”, según el sindicato.

Así, solicitaron al Juzgado de lo Social que “condenen a todas estas entidades”, al tiempo que pidieron el despido nulo, que implicaría el derecho a readmisión y el pago de salarios de tramitación desde el despido hasta que haya sentencias.

Andalucía |



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